ESTUDIO CDR: LAS OBRAS ESCRITAS EN EL ENTORNO DIGITAL Y LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Bien es sabido por muchos de los autores, editores y lectores en general que el mundo de las publicaciones académicas ha sufrido una transformación bastante compleja desde la entrada de la educación al mundo digital. La antigua cadena del libro impreso se ha fragmentado y los distintos procesos editoriales, así como sus resultados, es decir, los libros, hoy caminan por vías en proceso de exploración y conocimiento.
El Centro Colombiano de Derechos Reprográficos y el Observatorio Iberoamericano del Derecho de Autor, en su preocupación por seguir la pista a los nuevos usos que tienen las obras escritas en el entorno digital, específicamente aquellas que son producidas por autores y editores para el público académico, ha realizado un reciente estudio en 11 universidades situadas en la ciudad de Bogotá, con un trabajo de campo que incluye entrevistas personales con alrededor de 112 estudiantes.
Dicho estudio, elaborado por Pedro Julio Vargas Barrios y Astrid Juliet Martínez y que aún se mantiene inédito, revela las nuevas formas en que tanto estudiantes como profesores acceden a los textos académicos y universitarios. Si bien para los amantes del libro en papel, los hallazgos no resultan del todo desalentadores, pues los libros físicos se mantienen dentro de las preferencias de los lectores, las cosas en el mundo digital parecen fluir en una suerte de contravía para los titulares de derechos.
De acuerdo al artículo que sobre el tema han escrito Yecid Ríos y Manuel Muñoz, y que prontamente será publicado por CDR y ODAI, se encontró que los estudiantes de las universidades encuestadas utilizan como medios de información bibliográfica los siguientes, en orden de preferencia: 1) buscadores en línea; 2) libros físicos; 3) libros digitales; 4) documentos digitales; 5) bibliotecas físicas; 6) fotocopias; 7) videos; 8) bases de datos; 9) enciclopedias; 10) bibliotecas virtuales; 11) hemerotecas y 12) revistas.
A simple vista, llama la atención el primer puesto de los buscadores en línea y el lugar final en el listado de las revistas, medio académico por excelencia de la investigación y circulación de conocimiento a nivel universitario.
En su artículo, Ríos y Muñoz diferencian los medios institucionales que disponen los distintos centros educativos para el acceso al material bibliográfico (principalmente bibliotecas y bases de datos adquiridas), y los medios no institucionales, los cuales proliferan y sirven para el intercambio de información por parte de los estudiantes y profesores por fuera de los canales institucionales que las universidades les ofrecen.
Así, en términos de preferencia, el estudio arroja que son estos medios no institucionales los que están ganando la partida en el acceso al material bibliográfico: el correo electrónico y la fotocopia continúan siendo el medio preferido de acceso a material, seguido por las Apps (como WhatsApp), Google Drive, Redes Sociales (como Facebook, Twitter y Chamilo), dispositivos USB y Dropbox. Ninguno de los cuales, (a excepción de las fotocopiadoras licenciadas) reconoce a los creadores de las obras sus respectivas regalías por derechos de reproducción.
Si bien las leyes en la materia permiten algunos usos de las obras escritas, principalmente en los casos de obras pertenecientes al dominio público y aquellas cobijadas por una limitación y/o excepción, la idea que queda en el aire es que los centros educativos universitarios, no están generando desde la academia una educación ética acorde con el respeto y reconocimiento de estos derechos, perjudicando así, de manera directa e indirecta, a los creadores que esperan poder percibir entradas económicas acorde a los esfuerzos realizados por sus investigaciones y textos.
Como lo dicen los autores antes mencionados: «Si estamos en el campo del dominio público o de las limitaciones y excepciones al derecho de autor, es posible la utilización de las obras sin previa autorización. No obstante, estos caminos son excepcionales y, en el caso de las limitaciones y excepciones, restringidos. En consecuencia, cualquier uso (reproducción, transformación, distribución, puesta a disposición etc.) que se realice sin autorización, por fuera del marco de estas dos hipótesis, resulta ilícito. De allí la importancia del licenciamiento, individual o colectivo, como un instrumento que tiene la potencialidad de conciliar la necesidad y el interés de usar las obras, por un lado, y el respeto a los legítimos derechos de los autores y titulares de dichas creaciones, por el otro».
Fuentes consultadas:
- EL DERECHO DE AUTOR DE LAS OBRAS ESCRITAS EN EL ENTORNO DIGITAL: IMPLICACIONES PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Por: Yecid Ríos y Manuel Muñoz (inédito)
- ESTUDIO CDR, por Pedro Julio Vargas Barrios y Astrid Juliet Martínez Castellanos (inédito)
Imagen: Europapress (free)
Redacción y montaje web: Leandro Vinasco A. / Otromundo