8 de Mayo de 2026
“Se informa a todos los interesados que el CENTRO COLOMBIANO DE DERECHOS REPROGRAFICOS Y DIGITALES – CDR, con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., ha presentado ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, solicitud de modificación de su autorización de funcionamiento con el objeto de gestionar derechos de autor de manera colectiva, de acuerdo a lo regulado en la Decisión Andina 351 de 1993, Ley 44 de 1993, Ley 1493 de 2011 y Decreto 1066 de 2015.
CENTRO COLOMBIANO DE DERECHOS REPROGRAFICOS Y DIGITALES – CDR, se encuentra integrado por autores y editores de obras literarias.
Dicha sociedad pretende gestionar los derechos de los autores y de los editores mediante el recaudo, administración y distribución de los derechos reprográficos, de reproducción análoga o digital, de transformación o adaptación y de comunicación pública que los titulares le han confiado, a través de la gestión colectiva, por sus utilizaciones lucrativas o colectivas, de sus obras literarias, científicas, académicas, técnicas, culturales y de interés general, protegidas por el derecho de autor, cualquiera sea el medio, manera o forma en que se realice su reproducción, transformación, adaptación y comunicación pública.
Se informa a toda persona interesada que, acorde con lo dispuesto en los artículos 2.6.1.2.16, 2.6.1.2.17, 2.6.1.2.18 y 2.6.1.2.19 del Decreto 1066 de 2015, pueden presentar ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor oposiciones a la modificación de autorización de funcionamiento solicitada por el CENTRO COLOMBIANO DE DERECHOS REPROGRAFICOS – CDR”.









